Así lo acordó la Paritaria Central en el Acta N° 3 que fue homologada por el Decreto 1182/23. En la misma se acuerda la excepción del requisito del Título Secundario para quienes reúnan las condiciones para ingresar a Planta Permanente.
Se estableció que para promocionar a la Categoría 2, el Título Secundario será un requisito excluyente, por lo que a los 5 años o 7 de antigüedad, según el agrupamiento, deberán tener dicho título para promocionar de categoría.