El Decreto Nº 2223/26 reconoce las funciones que desempeñan trabajadores del Ministerio de Salud y dispone su incorporación al subagrupamiento Choferes y promociones de categoría, con vigencia desde el 1 de enero de 2024.
En el marco de los acuerdos paritarios, se avanzó en la regularización de la situación de revista de trabajadores que cumplen tareas de chofer en distintas dependencias y efectores del Ministerio de Salud.
La medida contempla el pase al agrupamiento Servicios Generales, subagrupamiento Choferes, de trabajadores que estaban encuadrados en Mantenimiento y Producción, Administrativo y Hospitalario-Asistencial, pese a desempeñar efectivamente funciones de conducción.
Asimismo, establece promociones automáticas de categoría según los años de desempeño efectivo como chofer, conforme a los requisitos de la normativa vigente. Entre las situaciones contempladas, se incluye el acceso excepcional a la Categoría 4 de trabajadores que revistan en la Categoría 2 y acreditan veinte años o más de ejercicio de estas funciones.
Los cambios de agrupamiento y las promociones tienen vigencia desde el 1 de enero de 2024. El decreto también prevé una compensación salarial si las modificaciones ocasionaran una disminución de la remuneración neta, actualizable por política salarial e incluida en el cálculo del aguinaldo.
Para ATE, la implementación de estos acuerdos constituye un paso necesario para reconocer las tareas que los trabajadores realizan cotidianamente y garantizar su desarrollo en la carrera administrativa. El seguimiento de los compromisos paritarios continúa siendo una prioridad para avanzar en las demandas del sector.
Accedé al Decreto Nº 2223/26 y a los listados de trabajadores alcanzados por los cambios de agrupamiento y las promociones automáticas.

