05.10.2017

El Poder Ejecutivo y los gremios firmaron una nueva Acta Paritaria

Se trata del Acta N° 3. Accedé, conocé los principales puntos y descargate el documento completo. 
Los principales puntos del acuerdo son los siguientes: 
 
Comisión Paritaria Central – Acta Acuerdo Nº 03/17

1 - Se acuerda crear un suplemento a partir del 1º de septiembre de 2.017 para   los trabajadores del Ministerio de Seguridad y a partir del 1º de Octubre para los Ministerios de Cultura y Desarrollo Social.

2 - Se acuerda modificar, a partir del 1º de septiembre de 2.017, el Suplemento Juegos de Azar.

3 – Extender el Suplemento DGA a las Categorías 1,2 y 3 desde Octubre y desde política salarial 2018 adecuar la fórmula de cálculo y convertir en remunerativo el Suplemento por Extensión Horaria.
 
4 - Se acuerda calificar el concepto “equiparación salarial” que perciben los trabajadores del Registro Civil como suplemento funcional a partir del 1º de octubre. A la vez, se acuerda la elaboración de una propuesta de modificación de los coeficientes del mencionado suplemento, así como aquel que perciben los agentes que revisten en el Registro General de la Propiedad desde la política salarial 2018.
 
5- Se acuerda modificar el suplemento “función previsional” que perciben los trabajadores de la Caja de Pensiones Sociales - Ley 5110, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del IAPOS, desde la política salarial 2018.

6- Se acuerda el análisis de la situación de los agentes que revisten en los SAMCoS de la provincia para que se considere su inclusión en la liquidación del suplemento por “Atención Primaria de la Salud” desde la política salarial 2018.

7 - Se acuerda la elaboración de una propuesta para la creación de un agrupamiento específico para el personal de movilidad y choferes.

8 – Se acuerda modificar el actual régimen de concursos con el objetivo de hacerlo más ágil, claro y centralizado, así como también, crear un sistema de Búsqueda Interna.

9 – Se acuerda titularizar las subrogancias que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el decreto de otorgamiento del suplemento sea anterior al 31 de marzo de 2017.
b)Que la vacancia del cargo subrogado se haya producido en forma previa al momento de la homologación de la presente acta, independientemente de la fecha en que se produjo la vacancia de función de dicho cargo.
c) Para el caso en que el cargo subrogado estuviera en concurso, será requisito no haber sustanciado el examen de la etapa técnica, en cuyo caso, deberá continuarse con dicho trámite según el reglamento vigente al momento del llamado al concurso.
d) Para el caso de los cargos vacantes subrogados en categorías 3 a 6 inclusive del escalafón 2695/83 y coeficientes inferiores al 5 en los escalafones decretos 447/92 y 201/95, cuyo otorgamiento hubiera sido entre las fechas 1ro de abril de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, se les tomará un examen técnico de reválida.
e) Aquellos concursos en los cuales no mediara subrogancia alguna continuarán hasta su finalización si al menos se finalizó con la etapa de antecedentes 
 

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