Impuesto a las Ganancias
Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000 por el desempeño de cargos públicos, trabajo en relación de dependencia y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto.
Bienes Personales
Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000.
Cuando se esté obligado únicamente a la presentación de la declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias, no corresponderá la inscripción en los mencionados impuestos.
¿Cuándo opera el vencimiento?
Las Declaraciones Juradas Informativas, es decir aquellas que no determinan saldo a favor de la AFIP o del contribuyente, pueden ser presentadas hasta el día 30 de junio inclusive, del año siguiente al que corresponde la información que se declara.
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Ganancias y Bienes Personales: ¿Quiénes deben presentar las declaraciones juradas informativas?
Información necesaria con lo que se debe presentar y la fecha en la que opera el vencimiento.

